Nuevo archivo judicial contra una denuncia interpuesta por Izquierda Unida

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 4 de Málaga desestima el recurso de la ex portavoz de IU y avala la medida del Ayuntamiento de no permitirle participar en un pleno en 2009 porque se encontraba de baja laboral

La Justicia ha ordenado de nuevo el archivo de una denuncia interpuesta en su día por el grupo municipal de Izquierda Unida, avalando la actuación del Ayuntamiento, en este caso por impedir a la ex portavoz de la coalición, Mercedes Ávila, que tuviera voz y voto en un pleno celebrado en 2009, debido a que se encontraba de baja laboral. Por aquella decisión, IU interpuso un recurso judicial alegando una supuesta vulneración de los derechos fundamentales, una tesis que ahora ha sido desmontada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 4 de Málaga, que ha desestimado dicho recurso en una sentencia que ha sido comunicada recientemente al Consistorio.

Los hechos tuvieron lugar en concreto el 12 de marzo de 2009. El alcalde en funciones en aquella sesión, Rafael Gómez Chamizo, se vio obligado a expulsar a Ávila del plenario tras negarse la edil a abandonar de forma voluntaria su asiento de concejal, como le habían pedido reiteradamente, al encontrarse de baja médica como edil de la Corporación en dedicación exclusiva. Gómez Chamizo había advertido al inicio de la sesión que era »irregular» que ella ocupara físicamente su asiento en el salón de plenos, puesto que la ley deja claro que un trabajador de baja no puede incorporarse a su puesto hasta que no reciba el alta. También se le advirtió de que no podría intervenir ni votar ni, por tanto, ejercer de concejal.

Debido a las recomendaciones de los servicios jurídicos municipales y de la mutua contratada, se le instó a que abandonara el asiento. Antes de expulsarla, se la llamó al orden tres veces para que reconsiderara su actitud y se marchara voluntariamente, en cumplimiento de la normativa, aunque se le invitó a que permaneciera entre el público.

IU anunció entonces que denunciaría la expulsión por »ilegal y fraudulenta» y que incluso pediría la nulidad de la sesión plenaria. En la sentencia que ahora se ha dado a conocer, el juez considera como plenamente ajustada a derecho la decisión del presidente del pleno, coincidiendo con el planteamiento del Ministerio Fiscal que, al igual que el Ayuntamiento, se opuso al recurso de IU. Es más, el magistrado advierte literalmente de que, si se hubiera permitido la participación de la concejala mientras se encontraba en una situación de incapacidad temporal, »se habría propiciado la percepción irregular por parte de la actora de una prestación de la Seguridad Social a la que no habría tenido derecho, extremo este que podría considerarse constitutivo de una infracción administrativa muy grave en materia de Seguridad Social».

»Si la recurrente deseaba participar en el Pleno del día referido no tenía más que solicitar el alta, y cesar con ello en la situación de incapacidad temporal, si es que se encontraba ya fuera de las situaciones determinantes (esto es, no se hallaba ya impedida para desarrollar su trabajo, lo que parece que sucedía a la vista de su presencia en el Pleno y su disposición a tomar parte en Pleno en su condición de concejal)», añade la sentencia.

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