Junto con los documentos que se encuentran en los enlaces de esta página, se deberá aportar la siguiente documentación:

  • Copia D.N.I. o Pasaporte
  • Certificado de nacimiento de los dos miembros de la pareja.
  • Fe de vida y estado, expedida por el Juzgado (si son extranjeros deberán aportarla expedida por el Registro Civil de su país de origen, con la correspondiente Apostilla de la Haya, siempre documento original y, en el supuesto de que no sean de un país de habla hispana, deberán aportarla traducida al españl, por traductor oficial).
  • Certificación de empadronamiento de ambos en el mismo domicilio.

En el caso de divorciados/as:

  • Certificado literal de matrimonio, con inscripción marginal del divorcio o nulidad y fotocopia de la sentencia de divorcio.

En el caso de viudos/as:

  • Certificado literal de matrimonio.
  • Certificado de defunción del cónyuge fallecido.

Todas las certificaciones, así como la Fé de vida y estado, deberán ser expedidas por el Registro Civil.

La certificación del estado civil no podrán tener una antigüedad superior a seis meses desde su expedición.

El certificado de empadronamiento no podrá tener una antigüedad superior a tres meses desde su expedición.

Los documentos a aportar deberán venir rellenos, pero sin fechar ni firmar, en el Departamento de Secretaría en el siguiente horario de lunes a jueves: 09:30 a 14:00 horas.

pdfSolicitud_pareja_hecho.pdf54.84 KB

pdfDeclaracion_responsable_pareja_hecho.pdf20.23 KB

pdfComparecencia_pareja_hecho.pdf14.96 KB

pdfInscripcion_pareja_hecho.pdf19.89 KB

pdfNotificacion_pareja_hecho.pdf10.92 KB

 

 

 

Ir al contenido