Abierto el plazo para solicitar las ayudas dentro del Plan Estatal de Fomento del Alquiler

pdfORDEN_DE_29_DE_JUNIO_2016.pdf267.38 KBpdfORDEN_DE_30_DE_JUNIO_2016.pdf563 KBdocGuia_Alquila_2016_ayuntamientos.doc56 KB

Se podrán tramitar hasta el 5 de agosto en la Delegación Territorial de Fomento y Vivienda de Málaga. La cita previa se puede pedir en los teléfonos 951 037 026 y 951 037 027 y el correo electrónico: citasalquila.malaga.cfv@juntadeandalucia.es

El Ayuntamiento de Alhaurín de la Torre informa de que la Delegación Territorial de Fomento y Vivienda ha abierto el plazo de solicitudes para las personas interesadas en solicitar una ayuda para pagar el alquiler de las viviendas en las que residen, dentro del Plan Estatal de Fomento del Alquiler y del convenio suscrito entre el Ministerio de Fomento y la Junta de Andalucía. Estas ayudas, correspondientes a la convocatoria de 2016, pueden tramitarse desde el 6 de julio y hasta el 5 de agosto, y van dirigidas a aquellas familias con un límite de ingresos por debajo 18.637,85 euros, cuya renta de alquiler no supere los 500 euros mensuales y que no dispongan de otra vivienda, entre otros resiquistos.

Los interesados pueden ya pedir cita previa en los teléfono 951037026 / 951037027 o en la siguiente dirección de correo electrónico: citasalquila.malaga.cfv@juntadeandalucia.es.

MÁS INFORMACIÓN

Información Web: www.juntadeandalucia.es/fomentoyvivienda

1.- Pinchar en foto Vivienda y Rehabilitación

2.- Ayudas al alquiler de la vivienda habitual

3.- Enlaces de interés.

4.- Delegaciones Territoriales de Fomento yVivienda

5.- Málaga

Presentación de solicitudes: Del 06 de julio al 05 de agosto. Se presentarán los Anexo I, II y IV, además de la documentación justificativa del cumplimiento de requisitos y de la circunstancias baremables (desahucio, desempleo, violencia de género, discapacidad…). La documentación que se adjunte deberá ser original o compulsada.

Requisitos Generales:

-La persona solicitante de la ayuda debe poseer nacionalidad española, de cualquier Estado miembro de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza. En el caso de extranjeros no comunitarios deber ser residente legal en España, que se acreditará con la Tarjeta de Identificación de Extranjeros.

-Destinar la vivienda a residencia habitual y permanente que se acreditará con el padrón Municipal

-Renta de alquiler no superior a 500 euros mensuales.

-Límite total de ingresos referidos a 2014: 18.637,85 euros

-No disponer de otra vivienda, como regla general.

Se adjunta: Orden de 29 de junio de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas para el alquiler de viviendas a personas en situación de vulnerabilidad o con ingresos limitados en la Comunidad Autónoma de Andalucía, Orden de 30 de junio de 2016, por la que se convocan para el ejercicio 2016 ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para el alquiler de viviendas a personas en situación de vulnerabilidad o con ingresos limitados en la Comunidad Autónoma de Andalucía, los Anexos correspondientes y una Guía para la recepción de las citadas solicitudes.

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