El Tribunal Supremo archiva el caso de los ‘tiques de la Feria’ de Alhaurín de la Torre

El juez destaca que «no existe atisbo alguno» de malversación de caudales públicos ni de prevaricación por parte del alcalde, Joaquín Villanova, ni de la ex concejala de Fiestas, Isabel Fraile. Villanova: «Doy las gracias a los vecinos de mi pueblo que han confiado en mí los diez años que ha durado este caso, siendo utilizado por la oposición solo para hacerme daño»

El Tribunal Supremo (TS) ha archivado la causa abierta contra el alcalde de Alhaurín de la Torre, Joaquín Villanova, y la ex concejala de Fiestas, Isabel Fraile, por el denominado ‘caso de los tiques de la Feria’, en relación al contrato de explotación de la barra de la caseta municipal en la Feria de San Juan de 2005 que fue denunciado por Izquierda Unida. En un auto fechado ayer, 13 de mayo, el juez del TS, Julián Sánchez Melgar, señala que «no existe atisbo alguno» de los delitos de malversación de caudales públicos o de prevaricación. El Supremo considera que la cesión de la barra de la caseta no se hizo de manera irregular o contraviniendo las normas que obligaban al pago de una tasa municipal por el uso de tal espacio.

«No puede comprobarse indiciariamente la existencia de una resolución prevaricadora, ni existe motivo alguno para pensar que el aforado Joaquín Villanova Rueda o la concejal de fiestas Isabel Fraile puedan haber sustraído o permitido sustraer caudales públicos», dice el auto de archivo notificado hoy. El TS señala también que no ha podido probarse en ningún caso que «el servicio de bar se haya destinado a fines diversos de los autorizados en la contratación llevada a cabo con la aquiescencia de los servicios jurídicos de la corporación municipal». Por esta razón procede dictar el sobreseimiento.

En el auto, de 9 folios de extensión, el juez estima las consideraciones del fiscal del TS, Fidel Cadena, que en un extenso informe fechado el 28 de abril solicitaba el sobreseimiento y rechazaba la existencia de los mencionados delitos. El magistrado recuerda además las «numerosas diligencias» practicadas durante la instrucción, entre ellas las declaraciones tomadas a funcionarios municipales y a varios interventores que corroboraron que se trataba de un contrato menor, así como la recepción de un informe pericial técnico-jurídico de expertos en contratación que avalaban el trámite realizado por el Ayuntamiento.

El fiscal ya apuntó como «acreditado» que el uso de la caseta por parte del empresario al que se le adjudicó el contrato (el único que se presentó), se limitaba al servicio de bar de la caseta, por lo que debe considerarse como un contrato menor, al ser la cuantía de 3.600 euros, «muy por debajo de las señaladas como límite para diferenciar los contratos menores de los que no lo son».

Respecto a la forma de pago a través de tiques, tanto el juez como el fiscal consideran probado que dichos vales fueron entregados «a personas que trabajaban en la feria», pertenecientes a grupos especificados en una lista de la Concejalía de Fiestas (grupos de baile, trabajadores de televisión, de servicios operativos, invitados de protocolo, de la comisión de fiestas…), por lo que «esos gastos serían razonablemente incluibles como gastos de protocolo en el presupuesto del Ayuntamiento (que entra dentro de lo normal que abone estos gastos), sin que se aparten de lo que normalmente se incluye en esta categoría de gastos de un Ayuntamiento».

En este sentido, el fiscal rechaza la existencia de prevaricación o malversación de caudales públicos porque «ni se ha ocasionado un resultado materialmente injusto al no existir otro solicitante para la adjucación del servicio de cafetería ni haberse gastado los tiques en consumiciones distintas de las que serían incluibles en gastos de protocolo». En esta misma línea, añadía: «no consta que ni el alcalde ni la concejala (Isabel Fraile) contra la que se sigue la presente causa especial hayan sustraído o consentido que otro sustraiga los fondos derivados del precio estipulado por la contratación del bar, puesto que, aunque ese dinero no se ingresara en las arcas del Ayuntamiento, se satisfizo en forma de tiques después entregados a personas vinculadas a la feria como trabajadores y que figuraban en la lista aprobada por la concejal de Fiestas. La cantidad convenida, por tanto, de 3.600 euros se satisfizo por el adjudicatario al Ayuntamiento en la forma antedicha, sin que existiera sustracción de la misma o consentimiento de sustracción por parte de las personas a las que afecta esta causa».

Joaquín Villanova se ha mostrado muy satisfecho por el sobreseimiento del caso: «La verdad solo tiene un camino. Siempre confié en la Justicia y qué mejor evaluación que la del Tribunal Supremo, ahí están los mejores fiscales y los mejores magistrados. Ha sido una investigación larga y profunda, con la presencia de muchos testigos y peritos. Los mejores interventores de la provincia testificaron y corroboraron que el procedimiento fue absolutamente legal y correcto. No todo vale en política para desbancar a un alcalde honrado. En todos estos años nos hemos caracterizado no solo por una gestión eficiente, sino también honesta, y se ha demostrado. Lo tengo que agradecer a los vecinos de mi pueblo porque durante estos 10 años han creído y han confiado en mí. Lo han demostrado apoyándome en cada una de las elecciones en las que me he presentado con este caso coleando y siendo utilizado por los demás partidos políticos solo para hacerme daño. Espero que se castigue a aquellos que se han ocupado de difamar utilizando la Justicia para acceder al poder», ha declarado el primer edil, que ha recordado que todas y cada una de las denuncias penales interpuestas por la oposición fueron archivadas por los tribunales, sin que se llegara a celebrar ni procesamiento ni juicio alguno.

 

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