Alhaurín de la Torre, primer municipio que adapta la ordenanza de Comercio Ambulante al Decreto-Ley de la Junta de Andalucía

La asociación de empresarios del sector felicita al Ayuntamiento por contribuir a consolidar el empleo, pues garantiza un periodo máximo de 30 años para las licencias

Alhaurín de la Torre es la primera localidad de la provincia de Málaga en adaptar la ordenanza municipal de Comercio Ambulante al Decreto-Ley de la Junta de Andalucía 1/2013 de 29 de enero por la cual se consolida el periodo de vigencia de las licencias individuales para un periodo máximo de 30 años, es decir, 15+15. El Pleno ordinario de julio aprobó por unanimidad una propuesta formulada por el Grupo de Izquierda Unida en tal sentido, así como una enmienda de la Alcaldía, en la que incorpora los nuevos párrafos al texto normativo local, a fin de propiciar su inmediata entrada en vigor.

La Asociación Empresarial de Comerciantes Ambulantes de Málaga y Provincia de la Zona Occidental (AECAMPZO), que preside Rafael González, ha manifestado su ¿enorme alegría¿ por el hecho de que Alhaurín de la Torre, donde este colectivo tiene su sede social, haya incorporado a su cuerpo legal las importantes novedades del texto refundido de ese Decreto-Ley. La gran contribución de este cambio normativo es que contribuye a consolidar el empleo en el sector, cifrado en casi 39.000 puestos de trabajo en toda Andalucía a través de sus 841 mercadillos -el de Alhaurín de la Torre tiene en torno a 70 puestos autorizados-. La duración de las licencias, en este sentido, será de 15 años prorrogables a otro periodo de idéntica duración.

Precisamente, la asociación va a celebrar una reunión hoy mismo, en horario de tarde, en el Centro Cultural de Alhaurín de la Torre, a fin de trasladar a sus afiliados esta novedad y el estado del cumplimiento de la transposición de la citada normativa autonómica al resto de municipios y ciudades.

DOCUMENTACIÓN

El Decreto-Ley 1/2013, de 29 de enero, modifica el Decreto Legislativo 1/2012, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Comercio Interior de Andalucía y se establecen otras medidas urgentes en el ámbito comercial, turístico y urbanístico. Dicho ordenamiento jurídico recogió en su día las propuestas del sector del comercio ambulante, temeroso de que la llamada ‘Directiva Comunitaria Bolkestein’ (Directiva 2006/123/CE) perjudicara la estabilidad de los empresarios de este gremio. Y es que la legislación de la Unión Europea pretendía liberalizar la circulación de servicios y prohibir o, al menos, restringir la naturaleza indefinida de las licencias para venta ambulante: la duración de la autorización quedaría entre uno y cuatro años, lo que generó mucha preocupación e incertidumbre en el sector, que se quejaba también de la ambigüedad y las diferencias entre municipios.

La estabilidad y seguridad de las economías familiares podrían haber quedado muy tocadas, así como las inversiones efectuadas, la continuidad de los negocios y su relevo generacional, sin hablar de las desigualdades entre los comerciantes en función de la localidad donde se ejerciera la actividad.

Con este panorama, el colectivo trasladó sus propuestas a la Consejería de Turismo y Comercio, que rápidamente modificó la Ley de Comercio Interior mediante la aprobación del citado Decreto-Ley que ahora llega a los municipios a través de la moción de IU-CA. Con respecto a la enmienda de la Alcaldía, el texto contempla la adaptación de la ordenanza municipal a la nueva normativa autonómica y recoge los cambios que afectan a once párrafos de sus articulado.

Así, el Pleno de la semana pasada aprobó inicialmente la modificación de la ordenanza municipal de comercio ambulante, que entrará en vigor tras su aprobación definitiva, y una vez transcurra el reglamentario plazo de exposición pública de 30 días hábiles desde la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP). En el mejor de los casos, y si no hay alegaciones, entrará en vigor a mediados de septiembre.

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